Autoconsumo con placas solares en bloques de vecinos
junio 13, 2017by Gesman SolucionesNoticias0
El Tribunal Constitucional acaba de levantar la prohibición del Gobierno. Hasta el momento, la instalación de una placa solar en un bloque, solo podía abastecer a un vecino o a las propias zonas comunes del edificio. Ahora bien, si otro vecino quería energía solar, debía montar sus placas separadas. Con la sentencia del Constitucional una misma instalación podrá generar electricidad para todas las viviendas, compartiendo los gastos. Pero atención, la posibilidad que abre el Constitucional no es inmediata, todo dependerá de la legislación de cada comunidad autónoma. Una comunidad de vecinos puede ser la titular de una instalación de autoconsumo solar fotovoltaico. Pero esa electricidad generada debe ser utilizada exclusivamente para cubrir las necesidades de la propia comunidad: la iluminación de escaleras, pasillos, rellanos y portal, la demanda eléctrica del ascensor, del garaje, de la depuradora de la piscina, del riego de los jardines y de cuantas otras demandas tenga asociadas esa comunidad. La solución menos gravada es la instalación solar fotovoltaica para autoconsumo de menos de diez kilovatios (10 kW). Porque, según el Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre -que es de momento el RD que regula el autoconsumo-, las instalaciones de menos de 10 kW de potencia no están obligadas a pagar cargos de respaldo por la electricidad que autoconsuman (o sea, que no habrán de pagar lo que coloquialmente se conoce como impuesto al sol). Y eso es lo que ha hecho una comunidad de vecinos de Barcelona: poner en marcha un autoconsumo FV de menos de 10 kW (la instalación en cuestión tiene concretamente 2,6 kilovatios pico), suficiente como para atender el consumo del ascensor del bloque (que tiene seis alturas) y el alumbrado de la escalera. El autoconsumo con baterías también es posible en las comunidades de vecinos